Caso Run run: nuestra legilación protege a los animales

14 de noviembre

Por Manuel Bartra, Director Legal de ARBA

En primer lugar es importante subrayar es que todos los animales, domesticados o silvestres, son seres sensibles tal como los reconoce la Ley 30407, de Protección y Bienestar Animal, que -sin duda- es la ley marco en relación a los animales en el Perú.

Ojo que como seres sensibles y dotados de un sistema nervioso, son capaces de experimentar sensaciones de miedo y dolor y, en sentido opuesto, alegría y bienestar. Por ello, la ley establece que todos los animales merecen recibir un ¨buen trato¨ por parte de las personas.

Dicho esto a modo de introducción, cabe precisarse que los animales que la ley permite comercializar son los animales domésticados, que incluye a los animales de granja, como las vacas o las gallinas, así como a los animales de compañía, como los perros y gatos. En cambio, los animales silvestres no pueden ser extraídos directamente de sus habitats para ser vendidos como mascotas.

La ley señala que la fauna silvestre, como todos los recursos naturales, son patrimonio de la nación, por eso nadie se puede apropiar de ellos gratuitamente; por el contrario, se requiere de una autorización especial, cumplir ciertos requisitos y acreditar condiciones adecuadas para el sostenimiento de la especie silvestre respectiva.

Como es evidente, menos aún está permitida -pues- la comercialización de animales silvestres en mercados ambulantes o informales, donde incluso lucran auténticas mafias dedicadas al tráfico de especies silvestres. La compra del zorro que ha sido noticia en los últimos días fue claramente ilegal.

Es importante puntualizar que nuestra legislación también sanciona a la persona que, sin autorización de SERFOR, compra o incluso posee un animal silvestre. Estos animales deben estar en sus hábitats y entornos naturales, no así en cautiverio donde normalmente sufren y no pueden desarrollar sus comportamientos naturales. Por ello es un error considerarlos mascotas, porque no lo son.

Mascotas son los llamados animales de compañía, frente a los cuales -por cierto-es obligatorio cumplir los deberes de tenencia responsable que se establecen en la Ley 30407, como -por ejemplo- la obligación de proporcionarles alimentación suficiente, un ambiente adecuado, protección contra la ansiedad y el sufrimiento y, cuando corresponda, atención veterinaria y vacunación.

El incumplimiento de estos deberes califica como maltrato animal y si como consecuencia de estas omisiones por parte de sus tenedores, el animal de compañía sufre lesiones de gravedad o se pone en riesgo su vida, entonces el tenedor puede ser denunciado penalmente por la comisión del delito de actos de crueldad, tipificado en el artículo 206-A del Código Penal.

Aunque no existe estadística oficial sobre maltrato animal, se sabe que esto se encuentra -tristemente- muy normalizado y por tanto, existe mucha impunidad. Por ello la necesidad de campañas masivas de sensibilización para que la ciudadanía conozca estas implicancias legales y, sobretodo, comprenda que los animales no son cosas que existen sólo para nuestro entretenimiento, sino que se trata de seres sintientes que requieren bienestar, cuidado y afecto, y en caso de ser maltratados, la ley fija sanciones para sus agresores, además de la respectiva sanción social.

 

Soy Manuel Bartra, Director Legal de ARBA y explique -a propósito del caso del zorro vendido como mascota- algunas pautas sobre la regulación de los animales en el Perú, su comercialización y algunas obligaciones para su tenencia responsable.

 


Veganismo:

Zoológico y tráfico ilegal

Por: activista vegana Angela Sato

Ayer escuché en la radio que la gente ya no quiere ir al zoológico a ver a las jirafas, tigres,monos, que ya se cansaron y quieren ver al zorrito.

Se llaman zoológicos y no centros de rehabilitación, santuarios o refugios porque exhiben animales para lucrar.

Sabemos que hay animales rescatados en esos lugares pero tienen que tener espacios diseñados para que sean exhibidos. Se fomenta y se aplaude la reproducción en cautiverio sin miras a reinserción.

Conservación no es hacer nacer o dejar que nazcan para vivir encerrados. Pienso en el caso de los pandas gigantes porque ya no están en peligro de extinción pero envían a crías a zoológicos en distintos países. ¿Qué de bueno tiene esto? ¿Y dónde está la ética al recibir animales como regalos o de forma de intercambio por parte de los zoológicos? Es por algo que se hacen esfuerzos para llevar animales de zoológicos hacia santuarios.

Además, los zoológicos normalizan el encierro. Cuando hablo con personas que les gusta el zoo, me dicen que es porque pueden ver animales de cerca. Y muchas de estas personas no tienen problema en tener aves en cautiverio.

Ahora que se está hablando del tráfico ilegal de animales, me pregunto cuántas personas han comprado aves pensando que el espacio que les dan en jaulas es suficiente o porque quieren vivir la experiencia de tener animales silverstres o salvajes en casa.

Si creen que el espacio en las jaulas en zoológicos es suficiente, es porque a pesar de ir esos lugares a supuestamente aprender sobre otros animales, no llegaron a aprender que viajan grandes distancias, que necesitan estar lejos de los seres humanos. Y lo más importante, no entendieron que son individuos.

Los zoológicos deben ser transformados. Les recomiendo seguir y leer a @zooxxi para aprender más del tema.


Receta vegana:

Batido energético

Ingredientes:

  • 1 plátano
  • 1 taza de arándanos
  • 1 taza de leche de soya
  • 4 dátiles
  • 1 cucharada de harina de Tarwi

 

Preparación:

1. Añadir todos los ingredientes a la licuadora.

2. Batir bien hasta que quede una mezcla uniforme.

3. Servir y disfrutar.

Escrito por:
Escrito por:Patricia Castañeda
@nunaqumir
Directora de Investigación
y Políticas Alimentarias