Reserva Nacional de Paracas en Peligro

La Reserva Nacional de Paracas (RNP) establecida en 1975 (D.S. N° 1281-AG) en el departamento de Ica, es una de las Áreas Naturales Protegidas (ANPs) más emblemáticas del país, pues su extensión abarca tanto ámbito marino (65%) como del Desierto Costero Peruano (35%). Conserva los ecosistemas marino-costeros, los cuales se encuentran sub representados en el sistema de áreas naturales protegidas, solo abarcan el 0.5% del dominio marítimo del país, el cuál debe llegar al 10% de ecosistemas marinos, de acuerdo al compromiso asumido por el Perú para alcanzar la meta Aichi 11 del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) (SPDA, 2020; SERNANP). Además, conserva especies amenazadas, es indispensable para el mantenimiento de diversos ciclos biológicos, y asegura el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos. También contiene patrimonio arqueológico de la cultura Paracas, es uno de los paisajes costeros más espectaculares del país; y está incluida en la lista de humedales de importancia internacional de la Convención RAMSAR (SPDA, 2020; SERNANP).

La extensión de la reserva es de 335 000 hectáreas, a las que 427 013 turistas (MINCETUR, 2020), pueden ingresan desde la carretera Panamericana Sur, siendo la segunda ANP más visitada; después de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras. Se estima que la actividad turística de la RNP podría generar hasta 160 millones de soles en el año 2021 y beneficiar a 2 mil familias locales, de las cuales 500 viven principalmente del turismo, aparte ingresan más de 2 millones de soles anuales al SERNANP por parte de esta reserva (SPDA,2020).

Se calcula que dentro de la RNP y en áreas colindantes existen cerca de 216 especies de aves, 36 de mamíferos, 10 de reptiles, 168 de peces y un gran número de invertebrados que son parte inicial de la cadena trófica de este lugar. La bahía Independencia es el principal banco de conchas de abanico (Argopecten purpuratus) del país, actividad de exportación desarrollada por décadas por empresarios y pescadores privados en la zona de amortiguamiento del área. De acuerdo al art. 25° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, las Zonas de Amortiguamiento son áreas adyacentes a las Áreas Naturales Protegidas del Sistema, que por su naturaleza y ubicación requieren un tratamiento especial para garantizar la conservación del área protegida. Las actividades que se realicen en estas no deben poner en riesgo objetivos del Área Natural Protegida (SPDA, 2020; SERNANP, Ley N°26834).

También se halla una importante variedad de cangrejos, caracoles marinos, pulpos, erizos y otros moluscos. Como parte de la fauna marino-costera, se pueden ver aves como el flamenco o parihuana (Phoenicopterus chilensis), el pingüino de Humboldt (Spheniscus humboldti), el potoyunco (Pelecanoides garnotii), el zarcillo (Larosterna inca), eventualmente el cóndor andino (Vultur gryphus) (SERNANP) y el gaviotín peruano (Sternula lorata), ave endémica de la Corriente de Humboldt; es una especie amenazada, considerada en “peligro de extinción”. El gaviotín es la única ave marina que utiliza el suelo del desierto costero para reproducirse, y lamentablemente sus poblaciones a nivel mundial están disminuyendo, se estima que existen de 1 000 a 2 499 individuos (Khon et al., 2010), en el último censo tri – nacional del gaviotín peruano, realizado por Ecuador, Perú y Chile, solo se encontraron 93 individuos en la RNP, su lugar de anidación (Asoparacas noticias, 2018).

Adicionalmente se pueden apreciar los lobos marinos finos (Arcthocephalus australis), los lobos marinos chuscos (Otarya bironia) y el gato marino o nutria (Lontra felina); y en las aguas marinas a la ballena jorobada (Megaptera novaeangliae), el bufeo (Tursiops truncatus) y el delfín oscuro (Lagenorhynchus obscurus) (SERNANP). Sin embargo, la fauna del Desierto Costero Peruano, una de las ecorregiones más amenazadas por el hombre, ha sido poco estudiada (Perez et al., 2007); como prueba de ello en el principal instrumento de gestión y planificación, el Plan Maestro 2003-2007 de la RNP, no incluía en su lista de mamíferos a las siguientes especies: Glossophaga soricina y Myotis atacamensis (especie vulnerable) (Montero et al., 2008). La vegetación es escasa en la RNP, sin embargo, se pueden observar algunas porciones de lomas costeras en las partes más altas de los cerros formadas por efectos de la humedad y que sirven de hábitat a diversos reptiles, insectos, aves y a algunos mamíferos (SERNANP).

A pesar de la importancia ecológica, cultural, económica y social de la Reserva Nacional de Paracas, el 2014 se inició un proceso para la modernización del Terminal Portuario General San Martín, con el objetivo de promover la llegada de más cruceros y facilitar la salida de los productos agroindustriales y minerales. El puerto fue construido en el año 1969, antes de la creación de la reserva, se encuentra

en la zona de amortiguamiento del área protegida y el acceso se da a través de la reserva, por la misma carretera que utilizan los turistas. Se utilizaba para exportar harina de pescado, sal de las minas de Otuma, maíz, y otros productos, también por cruceros de turistas (SPDA, 2020).

Para lograr la modernización, el Estado, otorgó al consorcio Terminal Portuario Paracas S.A. (TPP), de capitales españoles y brasileños, la concesión por un plazo de 30 años (SPDA, 2020). Sin embargo, no fue hasta el 2016 durante el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) antes de la transferencia de funciones al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), en un proceso poco transparente, aprueba el Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA – d) del proyecto, documento que durante dos años no pudo probar que no se causarían daños irreversibles a la RNP (Zileri, 2020; SPDA, 2020; Gestión, 2020).

En el 2018, TPP presenta ante el SENACE una propuesta de Modificación de Estudio de Impacto Ambiental Detallado del proyecto (MEIA -d), que propone nuevas actividades: 1) una planta de tratamiento de aguas residuales, que arrojaría sus efluentes al mar; 2) una planta de desalinización, que arrojaría sus efluentes al mar; 3) un emisor submarino para verter los efluentes y la salmuera al mar; y 4) un almacén de concentrados de mineral, cobre y zinc en el puerto (Zileri, 2020). El SENACE rechaza la solicitud en el 2019 y TPP apela. El MEIA –d fue dispuesto a solicitud técnica de diversas autoridades vinculantes, como: Autoridad Nacional del Agua (ANA), Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP); y no vinculantes: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), Autoridad Portuaria Nacional (APN), Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI), Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), entre los principales; las cuales formularon 192 observaciones al proyecto; en marzo del 2020 el titular del proyecto presenta el levantamiento de observaciones, en junio SENACE solicita información complementaria para determinar la subsanación de observaciones y si el proyecto puede ser viable ambientalmente. Luego del análisis del MEIA –d por parte de las autoridades, se mantuvieron 52 observaciones (SPDA,2020), las que TPP intentó subsanar; sin embargo, en el Informe N° 00480- 2020-SENACE-PE/DEIN (Resolución Directoral N° 00073-2020-PE/DEIN) presentado a fines de julio del 2020, se desaprobó el MEIA-d, pues aún persistían 14 observaciones no subsanadas provenientes de: Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura –DEIN SENACE (04 observaciones), SERNANP (02), ANA (06) y SANIPES (02).

Algunas de las observaciones no subsanadas, son las siguientes: 1) reformular la valoración de los impactos en el medio hidrobiológico contemplando su importancia en la cadena trófica y su biodiversidad, los cuáles son considerados como muy leves; 2) la longitud del emisor submarino no se determina con precisión, mencionan que 10m de longitud es la alternativa más factible, pero luego hacen cálculos con un emisor de 100m de longitud; 3) no se proponen estrategias de manejo ambiental para conservar especies objeto de conservación de la RNP; 4) el MEIA – d, presenta inconsistencias de medidas concretas en los planes de conservación del Gaviotín Peruano; 5) no se ha considerado el impacto social y económico respecto a las consecuencias que podrían ocasionarse en el cultivo de conchas de abanico, pudiendo ser que al perder la clasificación sanitaria apta se cierre la exportación al mercado europeo. Además, algunos impactos son considerados erróneamente como “irrelevantes”, como el generado por el aumento del tráfico vehicular y de buques, que representan una fuente de ruido continua, en horario nocturno y cerca de áreas biológicamente sensibles. (DEIN SENACE,2020).

El consorcio TPP presentó documentación complementaria y un recurso de reconsideración, para que se evalúe la decisión tomada en julio por el SENACE, sin embargo, la nueva información no logró subsanar el total de observaciones señaladas por las cuatro autoridades, las cuales otorgaron su opinión técnica no favorable respecto al MEIA-d, y el recurso de reconsideración se declaró infundado en la Resolución Directoral N° 00095-2020-SENACE-PE/DEIN, con fundamentos en el Informe N° 00601-2020-SENACE-PE/DEIN del 16 de setiembre. No obstante, TPP interpone un recurso de apelación solicitando la revocación de las Resoluciones Directorales N°00073-2020-PE/DEIN y N°00095-2020-PE/DEIN, el cual SENACE declara infundado el 19 de noviembre mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00070-2020-SENACE/PE, dándose por agotada la vía administrativa.

De esta manera finaliza la batalla administrativa para proteger y conservar a nuestra emblemática Reserva Nacional de Paracas, esperemos que el consorcio TPP no encuentre otras vías para seguir amenazándola. Está de más mencionar, que las actividades planteadas por el TPP iban a generar cambios irreversibles en la biodiversidad y en el paisaje de la reserva, y hubiese sido el inicio del final de esta importante área que protege tanto el ecosistema desértico, como el marino, que conserva parte de nuestra historia y cultura, y que genera ingresos económicos para miles de familias y para el Estado. Ojalá que este acontecimiento se convierta en un hecho aislado y que no se vuelva rutina de las grandes empresas amenazar a nuestras áreas naturales protegidas; sin embargo, no puedo evitar pensar ¿qué hubiera pasado si TPP subsanaba correctamente las observaciones, nuestras autoridades ambientales hubieran otorgado el visto bueno? Espero que esta duda no sea resuelta. Además, debemos reconocer la importancia de la sociedad civil activa durante este proceso de dos años, que demuestra que es trascendental involucrarnos y no ser ajenos a nuestra realidad.

Este caso ha demostrado que los recursos administrativos y legales para que las empresas e inversionistas puedan realizar alguna actividad económica que ponga en riesgo nuestro ambiente y biodiversidad, son excesivos; TPP presentó información complementaria, recursos de reconsideración y apeló reiteradas veces durante este tiempo; verificándose, una vez más, que nuestras leyes y nuestras políticas están formuladas para beneficiarlos.

Finalmente, este caso nos debe permitir reflexionar y reconocer que debemos evaluar conscientemente los costos/beneficios de todos los proyectos que se realizarán en nuestro territorio, considerando que somos un país mega diverso y es la pérdida de biodiversidad que ha originado la pandemia de la covid- 19, nuestra existencia es frágil y mientras más pongamos en riesgo a las demás especies, más nos ponemos en riesgo. Nosotros necesitamos a la naturaleza, a la biodiversidad, somos parte de ella; cambiemos nuestro paradigma de utilizarla como un “recurso” y veámonos como parte de un todo, porque al final, nuestra salud depende de la salud de los ecosistemas y demás seres vivos.

Alejandra Duarte G. Bach.
Ingeniería Agroforestal
+51 954 775 394

Referencias bibliográficas:

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